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CONDICIONES DE INGRESO

 

 


REQUISITOS DE INGRESOS A LA ASOCIACION

Miembros De La Federación:

Podrán ser miembros de la Federación, las Asociaciones u Organizaciones cuyo ámbito territorial sea la Provincia de Cádiz.
La incorporación a la Federación de estas entidades se hará como miembros de pleno derecho, garantizándole cuantos derechos reconocen los presentes Estatutos y en especial, la autonomía funcional en su ámbito específico, la igualdad de posibilidades en el acceso a los cargos directivos de la Federación, la participación en la elección de los Órganos de Gobierno a través de sufragio libre y secreto, en los programas de acción de la Federación y el espeto a la libre expresión de cuantos criterios y opiniones ostenten en relación con las cuestiones que atañen a la vida de la Federación.
El ingreso en la Federación será voluntario. Las Organizaciones que lo deseen deberán solicitarlo mediante escrito al Presidente de la Federación, haciendo constar de forma explícita la disposición por parte del solicitante de acatar las normas estatutarias y los Reglamentos de la Federación, así como su voluntad de cumplir los acuerdos adoptados por los Órganos de Gobierno de la Federación.
Podrán ser miembros de la Federación, las Asociaciones u Organizaciones cuyo ámbito territorial sea la Provincia de Cádiz.

Pérdida de la Condición de Afiliado:

Se pierde la condición de afiliados a la Federación:

  • Por la voluntad del Órgano competente, según los Estatutos de la Organización afiliada. La petición de baja deberá hacerse por escrito, notificándolo al Consejo de Administración de la Federación con una antelación de 3 meses como mínimo.
  • Por acuerdo adoptado por las dos terceras partes de los componentes del Consejo de Administración, en caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en los Estatutos, de los acuerdos adoptados por los Órganos de Gobierno de la Federación o de las obligaciones económicas que para el sostenimiento de esta se hayan establecido estatutariamente. También será causa de pérdida de la condición de afiliado las conductas que deterioren gravemente la imagen de la Federación o que sean contrarias a los principios y objetivos de la misma.
    En ambos supuestos, -dimisión y exclusión-, serán exigibles a la Organización las cuotas devengadas y no pagadas y el total de la cotización del ejercicio en curso.Contra los acuerdos del Consejo de Administración en materia de exclusión de afiliados, los interesados podrán recurrir ante la Asamblea General.

 

 

 







 
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