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CONDICIONES DE INGRESO
REQUISITOS DE INGRESOS
A LA ASOCIACION
Miembros De La Federación:
Podrán ser miembros de la Federación,
las Asociaciones u Organizaciones cuyo ámbito
territorial sea la Provincia de Cádiz.
La incorporación a la Federación de estas
entidades se hará como miembros de pleno derecho,
garantizándole cuantos derechos reconocen los
presentes Estatutos y en especial, la autonomía
funcional en su ámbito específico, la
igualdad de posibilidades en el acceso a los cargos
directivos de la Federación, la participación
en la elección de los Órganos de Gobierno
a través de sufragio libre y secreto, en los
programas de acción de la Federación y
el espeto a la libre expresión de cuantos criterios
y opiniones ostenten en relación con las cuestiones
que atañen a la vida de la Federación.
El ingreso en la Federación será voluntario.
Las Organizaciones que lo deseen deberán solicitarlo
mediante escrito al Presidente de la Federación,
haciendo constar de forma explícita la disposición
por parte del solicitante de acatar las normas estatutarias
y los Reglamentos de la Federación, así
como su voluntad de cumplir los acuerdos adoptados por
los Órganos de Gobierno de la Federación.
Podrán ser miembros de la Federación,
las Asociaciones u Organizaciones cuyo ámbito
territorial sea la Provincia de Cádiz.
Pérdida de la Condición
de Afiliado:
Se pierde la condición de afiliados
a la Federación:
- Por la voluntad del Órgano competente,
según los Estatutos de la Organización
afiliada. La petición de baja deberá hacerse
por escrito, notificándolo al Consejo de Administración
de la Federación con una antelación de
3 meses como mínimo.
- Por acuerdo adoptado por las dos terceras partes
de los componentes del Consejo de Administración,
en caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas
en los Estatutos, de los acuerdos adoptados por los
Órganos de Gobierno de la Federación o
de las obligaciones económicas que para el sostenimiento
de esta se hayan establecido estatutariamente. También
será causa de pérdida de la condición
de afiliado las conductas que deterioren gravemente
la imagen de la Federación o que sean contrarias
a los principios y objetivos de la misma.
En ambos supuestos, -dimisión y exclusión-,
serán exigibles a la Organización las
cuotas devengadas y no pagadas y el total de la cotización
del ejercicio en curso.Contra los
acuerdos del Consejo de Administración en materia
de exclusión de afiliados, los interesados podrán
recurrir ante la Asamblea General.
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